Por Cedhot Arias https://cedhotarias.online/
"Quien quiere construir una torre muy alta, tiene que dedicar mucho tiempo a los cimientos". — Antón Bruckner
I. Introducción: De la utopía creadora al andamiaje institucional
Dos décadas atrás, en abril de 2005, planteábamos la urgencia de desplazar el eje de la política cultural venezolana: abandonar el asistencialismo estéril de los subsidios desmovilizadores para erigir una economía cultural productiva, competitiva y con profundo arraigo social. Hoy, examinar aquel planteamiento a la luz del marco jurídico actual de la República Bolivariana de Venezuela revela no solo una vigencia asombrosa, sino la materialización normativa de preceptos que en su momento se vislumbraban como horizontes de lucha gremial e ideológica.
La cultura y la comunicación no pueden continuar siendo tratadas como apéndices decorativos del Estado ni como mercancías libradas al libre juego del mercado neoliberal. Constituyen un sector estratégico, un aparato productivo de bienes simbólicos y una trinchera soberana de la conciencia colectiva.
II. Recontextualización Jurídica: Las Leyes que Sostienen la Propuesta
Avanzar hacia la industrialización y el financiamiento mixto de la cultura exige reconocer el corpus legal que hoy respalda institucionalmente estos postulados:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): Consagra en sus artículos 98, 99 y 108 la libertad de creación cultural, la obligación del Estado de reconocer y proteger la propiedad intelectual de los creadores, así como el deber de garantizar servicios públicos de radio, televisión y redes informáticas para la difusión cultural y educativa. La cultura no es concesión; es un derecho humano fundamental de orden público.
La Ley del Poder Popular de las Artes Escénicas Teatrales (Gaceta Oficial N° 6.663 Ext., 2021): Este instrumento consolida de forma directa lo que pregonábamos en 2005: la gestión teatral como un acto profesional, la corresponsabilidad del Estado y la sociedad, y la creación de redes socioproductivas y comités de cultura que superan la vieja atomización gremial. Asimismo, instituye la obligación de la seguridad social para los trabajadores del arte, saldando una deuda histórica con la precarización del creador.
La Ley de la Cinematografía Nacional y el marco de las Industrias Culturales: Al configurar el cine y las artes audiovisuales como industrias creativas de soberanía, se demuestra que la producción artística es perfectamente viable bajo criterios de eficiencia, valor de costo y penetración masiva, articulando fondos de fomento y protección a la exhibición que trascienden el mero circuito de la dádiva.
La Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley Resorte): Establece el marco regulatorio indispensable para democratizar el espectro comunicacional, incentivar la producción nacional independiente y garantizar espacios para la formación crítica de las audiencias, combatiendo la minusvalía histórica de los creadores frente a los monopolios mediáticos tradicionales.
III. Hacia una Economía Política de la Cultura
El sector cultural tiene una doble responsabilidad con la nación: política y económica. Es políticamente responsable porque agrupa los medios de expresión ideológica y filosófica de la sociedad; es económicamente responsable porque agrupa a creadores, artesanos y técnicos con genuina vocación productiva.
Cambiar los vicios del pasado significa erradicar el subsidio entendido como dádiva paralizante, aquel que fragmenta al artista y lo vuelve rehén de la burocracia. La innovación jurídica y económica exige programas mixtos de financiamiento: recursos concursables con criterio de inversión social para la raíz comunitaria, y estímulos fiscales, créditos blandos y marcos de rentabilidad comercial para la industrialización de bienes culturales de beneficio público.
La producción de bienes culturales no garantiza por sí sola su consumo masivo. De allí la vigencia de nuestra tesis sobre la formación de públicos. No basta con crear obras de alta factura en el aislamiento de las élites urbanas; es imperativo colonizar las comunidades, los barrios y las escuelas mediante redes de intercambio y programaciones accesibles, haciendo de la cultura un bien cotidiano, entrañable y de altísima calidad estética.
IV. Conclusiones y Prospectiva
La soberanía cultural se autogestiona: Las leyes actuales ofrecen el instrumental, pero corresponde al movimiento cultural organizado apropiarse de ellas, ocupar los espacios de representación popular y exigir presupuestos justos.
Medios alternativos y emancipación digital: La toma de espacios en los medios establecidos y la creación de plataformas de comunicación alternativa ya no son una opción táctica, sino una condición de supervivencia geopolítica frente a la hegemonía cultural transnacional.
El creador como sujeto productivo: Es imperativo consolidar un Estado facilitador que potencie la competitividad y el valor agregado de nuestras artes, honrando el principio de que construir una sociedad nueva exige, ante todo, cimientos culturales sólidos, éticos y profundamente arraigados en nuestra venezolanidad.
Esto es un trabajo a largo plazo, pero es preferible iniciar ese camino que seguir en esta situación de minusvalía frente a todos, incluido el Estado.
25 oct 2026


