Caracas, 17 Oct. AVN.- Este jueves, durante la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional (AN), fue designado y posteriormente juramentado como rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Conrado Ramón Pérez Briceño, quien venía fungiendo como rector suplente incorporado.
Asimismo, Aura Rosa Hernández Moreno fue designada y juramentada como rectora suplente incorporada.
La propuesta de designación fue planteada por el diputado Alfonso Campos, en representación del bloque opositor, quien destacó durante su intervención ante la plenaria la importancia del rol institucional del Poder Electoral y de que se respete el orden establecido por el parlamento para la designación de suplentes del CNE.
En este sentido, Campos propuso considerar a Conrado Pérez, suplente incorporado, para reemplazar a Juan Carlos Delpino como rector principal del CNE, quien fue destituido por los diputados y diputadas de la AN poco antes en la misma sesión.
Según lo dispuesto en la Constitución y en la Ley, y en razón a la propuesta en mesa, el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez, sometió a votación la designación de Conrado Pérez Briceño como rector principal, la cual fue aprobada por la plenaria, al igual que la designación de Aura Rosa Hernández Moreno como rectora suplente incorporada.
Posteriormente los rectores designados fueron juramentados ante la plenaria.
«…¿juran ustedes asumir todos sus esfuerzos para preservar la paz de la República y para defender incluso con sus vidas la sagrada expresión de la voluntad popular a través del voto? ¿juran defender nuestro territorio sagrado? ¿juran defender nuestro cielo y nuestros mares y ríos? ¿juran jamás aliarse a ninguna forma de acción extranjera en contra de la República? ¿juran ser independientes, imparciales en el desempeño de sus funciones? ¿juran no estar sometidos a ninguna tentación de enriquecimiento proveniente de dineros ilícitos?”, fue parte del juramento realizado por los nuevos rectores, quienes quedaron investidos y fueron felicitados por la Junta Directiva del parlamento.
Con esta designación se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 296 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Electoral.
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