Caracas , 19 Oct. AVN.- El Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura, emitió un comunicado oficial en el que anuncia nuevas directrices de simplificación de trámites orientadas a insumos agrícolas, industriales, de salud pública y doméstica.
La disposición contempla la excepción del requisito del Certificado de Libre Venta (CLV) según corresponda a cada caso, quedando expresamente excluidos los insumos de carácter pecuario y aquellos agroecológicos con propiedades de esta misma naturaleza.
El organismo recalcó que los expedientes continuarán sujetos a las evaluaciones técnicas correspondientes en las áreas de físico-química, toxicología, ecotoxicología y eficacia para asegurar el cumplimiento de los estándares establecidos.
Asimismo, las solicitudes que se encuentren pendientes únicamente por la presentación del CLV y tengan su evaluación técnica aprobada serán objeto de revisión e impulso para agilizar su resolución. Los interesados podrán remitir su caso al correo electrónico oficial revisiones.runsai@insai.gob.ve, adjuntando la planilla de solicitud digitalizada recibida por la taquilla del RUNSAI.
Finalmente, el INSAI indicó que mantendrá las acciones de seguimiento y los planes de toma de muestras posteriores al registro con el propósito de garantizar la calidad e inocuidad de los productos en el mercado.
A continuación, el contenido íntegro del comunicado del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral:
COMUNICADO OFICIAL
Simplificación de trámites exclusiva para insumos agrícolas y agroecológicos u orgánicos (se exceptúan los de insumo pecuario y agroecológicos con propiedades pecuarias).
En atención a las nuevas directrices establecidas para la simplificación de trámites, se informa a los usuarios lo siguiente:
- Excepción del requisito del CLV: Para los trámites de registro de productos de uso agrícola, industrial, de salud pública y doméstica, se aplicará la eliminación o excepción del requisito del Certificado de Libre Venta (CLV), según corresponda y de acuerdo con las condiciones establecidas para cada caso.
- Revisión de los expedientes: Los expedientes continuarán sujetos a la verificación de los requisitos técnicos correspondientes, incluyendo las evaluaciones de las áreas de físico-química, toxicología, ecotoxicología y eficacia.
- Trámites pendientes únicamente por el CLV: Los expedientes cuya evaluación técnica haya sido aprobada y que se encuentren pendientes únicamente por la presentación del CLV serán objeto de revisión e impulso para agilizar su resolución, en este sentido, si el usuario lo considera pertinente podrá remitir su caso al correo oficial revisiones.runsai@insai.gob.ve donde deberá adjuntar escaneada la planilla de solicitud recibida por la taquilla del RUNSAI en su momento.
- Continuidad del procedimiento: Los usuarios deberán atender los demás requisitos y observaciones técnicas que correspondan a su trámite, a fin de permitir la continuidad de la evaluación y la obtención del Registro Nacional cuando proceda.
- Seguimiento posterior al registro: Se mantendrán las acciones de seguimiento y los planes de toma de muestras posteriores al registro, con el propósito de contribuir a garantizar la calidad e inocuidad de los productos.
Datos de contacto e información institucional:
- Sitio web: insai.gob.ve
- Teléfono: +58 243 242 8062
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