Pasos clave para proteger a niños y niñas no acompañados tras los sismos

Caracas, 02, Jul. AVN.- Ante el reporte de menores de edad rescatados entre los escombros o separados de sus hogares, hay mecanismos de respuesta de comunidades, hospitales y cuerpos de seguridad para evitar delitos como la trata de personas, la retención indebida o rupturas en el rastreo familiar.

El primero es la identificación y registro inmediato en centros de salud y refugios. Todo niño, niña o adolescente que ingrese no acompañado debe ser anotado en un libro especial de contingencia. El ingreso médico no puede romper la trazabilidad y se debe recabar de forma confidencial toda la información de identidad disponible.

Un segundo paso es la notificación obligatoria a las autoridades de protección. Tras captar o registrar al menor, los responsables tienen un plazo máximo de 2 horas para informar oficialmente al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes competente.

El tercer lineamiento es el traslado exclusivo a campamentos temporales oficiales. El menor debe ser remitido únicamente a centros públicos autorizados para contingencias, como el habilitado provisionalmente en La Guaira.

La organización Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap) indica en su guía que está prohibido trasladarlo por cuenta propia a otras comunidades, ciudades o países, ya que esto interrumpe el rastreo y dificulta la localización por parte de sus padres.

Como cuarto paso está la verificación rigurosa de filiación y parentesco. Si un adulto reclama la custodia del menor, el consejero de protección debe realizar un filtro estricto de seguridad y revisar minuciosamente los documentos de identidad antes de proceder a cualquier entrega.

El quinto lineamiento es la suspensión temporal de procesos de adopción. Durante la emergencia humanitaria o de desastre, los procesos de adopción quedan totalmente suspendidos para salvaguardar el derecho del niño a la unidad con su familia de origen y dar margen a los esfuerzos de búsqueda.

Finalmente, el sexto paso es la centralización segura de la información. La difusión de datos, imágenes o volantes para ubicar a familiares debe canalizarse únicamente a través de mecanismos oficiales coordinados por las autoridades, con el fin de resguardar la privacidad y dignidad de la infancia.

Cecodap recordó que albergar o quedarse con un menor de edad rescatado sin la debida intervención y reporte al Sistema de Protección puede constituir un hecho punible tipificado como retención indebida o privación ilegítima de la libertad.

FIN/AVN/ PI/
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