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lunes, marzo 17, 2025

Sala Constitucional reafirma resultados del proceso electoral presidencial del 28J

Caracas, 12 Oct. AVN.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), reafirmó la sentencia Nº 031 del 22 de agosto de 2024, emitida por la Sala Electoral del TSJ en el procedimiento del recurso contencioso electoral, interpuesto por el Presidente Nicolás Maduro Moros.

Señala que esta sentencia 031 se basó en el análisis y recopilación de las pruebas necesarias, para verificar la integridad de los resultados del Consejo Nacional Electoral.

A su vez indica que el peritaje efectuado se hizo “de manera impecable con las debidas garantías, a través del cual se comprobó la integridad inobjetable de los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral, los cuales arrojaron que el candidato electo para el período presidencial 2025-2031, fue el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actual Presidente de la República Bolivariana de Venezuela”.

De esta manera, la Sala Constitucional reafirma que el proceso electoral del 28 de julio de 2024 reflejó la voluntad del pueblo venezolano y declaró inadmisible la solicitud de revisión constitucional respecto a la mencionada sentencia.

En su escrito reafirmó la competencia funcional y jerárquica de la Sala Electoral para ejercer control judicial sobre las actuaciones de los agentes involucrados en el proceso electoral, en salvaguarda del derecho al sufragio de los ciudadanos y la soberanía popular.

Resaltó que esta competencia de la Sala Electoral se basa en el artículo 297 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el numeral 1 del artículo 27 de la Ley Orgánica del TSJ, que otorgan a la Sala Electoral el control jurisdiccional sobre los procesos electorales.

Con base en la jurisprudencia señala que los tribunales de Justicia con competencia en materia electoral constituyen, en el mundo, la última instancia para su resolución, como garantes del Estado de Derecho y de la Democracia Constitucional.

Hace referencia a procesos electorales en diferentes países, como en México, donde la Sala Superior del Tribunal Electoral validó los resultados de las elecciones presidenciales del 14 de agosto de 2024, asegurando la paz social.

También en Brasil, donde el Tribunal Superior Electoral intervino en las elecciones del 30 de octubre de 2022, ante denuncias de fraude, para restaurar la tranquilidad social.
Asimismo, en las elecciones presidenciales de EEUU en 2000, la Corte Suprema resolvió una controversia entre Al Gore y George W. Bush.

Recalca que la Sala Electoral tiene la autoridad para certificar de manera irrestricta e inequívoca los resultados de los procesos electorales y puede revisar las actuaciones, omisiones o decisiones de gestión electoral que emanen del CNE, especialmente aquellas vinculadas a procesos comiciales.

FIN/AVN/ PI/
© AVN – 2024

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